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Normativa 20267 de abril de 20268 min de lectura

Visa nómada digital España 2026: requisitos, documentos y SMI actualizado

Guía completa de la visa de nómada digital (Ley 14/2013). Requisitos de ingresos con SMI 2026, documentos necesarios y errores frecuentes en la solicitud.

La visa de nómada digital, regulada por la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores, se ha consolidado como uno de los trámites de mayor crecimiento en los despachos de extranjería españoles. En 2026, con el SMI actualizado y creciente demanda internacional, conviene tener claros los requisitos exactos.

Base legal y perfil del beneficiario

La visa de teletrabajador internacional (coloquialmente "nómada digital") permite a trabajadores por cuenta ajena o autónomos de empresas extranjeras residir en España mientras trabajan a distancia. Requisito fundamental: la empresa empleadora debe estar establecida fuera de España.

Requisito económico: SMI, no IPREM

Este es el error más común. La visa de nómada digital utiliza el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como referencia, no el IPREM.

  • SMI mensual 2026: 1.184,00 €
  • Umbral mínimo exigido: 200% del SMI mensual = 2.368€/mes
  • Umbral anual equivalente: ~28.416€/año

Para reagrupación familiar posterior, se añade 75% del SMI por cada familiar adicional.

Documentación completa

  1. Contrato de trabajo con empresa extranjera: debe demostrar que el trabajo puede realizarse a distancia y que la empresa lleva más de 1 año en activo.
  2. Carta del empleador: confirmando la autorización para teletrabajar desde España.
  3. Últimas 3 nóminas o declaración de ingresos (para autónomos).
  4. Seguro médico privado: cobertura completa en España.
  5. Alta en la Seguridad Social española o equivalente del país de origen.
  6. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de residencias previas en los últimos 5 años.
  7. Pasaporte vigente con mínimo 1 año de validez.

Dónde se solicita

  • Desde fuera de España: visa en el Consulado Español del país de residencia.
  • Desde España en situación legal: autorización de residencia en la Unidad de Grandes Empresas (UGE-CE) o en la Oficina de Extranjería correspondiente.

Plazo de resolución y validez

El plazo legal de resolución es de 20 días hábiles. La autorización inicial es de 1 año, renovable por períodos de 2 años mientras se mantengan los requisitos.

Errores frecuentes en la solicitud

  • Confundir el umbral de ingresos con el IPREM (son indicadores diferentes).
  • Presentar contratos con empresa española o mixta (la empresa debe ser 100% extranjera).
  • Olvidar el seguro médico privado o presentar uno con cobertura parcial.
  • No acreditar el alta en Seguridad Social (española o equivalente).

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